TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL SERVICIO “R4 COBRO MÓVIL”
La sociedad mercantil R4, BANCO MICROFINANCIERO, C.A., sociedad mercantil debidamente constituida conforme a las leyes de la República Bolivariana de Venezuela, con domicilio en la ciudad de Caracas, inscrita originalmente en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 14 de junio de 2006, bajo el N° 74, Tomo 114-A Sgdo., cuya razón social fue modificada a su denominación actual según Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 11 de julio de 2019, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital en fecha 12 de diciembre de 2024, bajo el N° 2, Tomo 343-A, e inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) bajo el N° J-31594102-4, en adelante denominada EL BANCO, declara que el Servicio R4 Cobro Móvil, contentivo en el presente documento el cual se regirá por las cláusulas, condiciones, derechos y obligaciones establecidas en las siguientes cláusulas, léalo detenidamente:
PRIMERA: DE LA NATURALEZA DEL SERVICIO
El Servicio de R4 Cobro Móvil ( en lo sucesivo R4 COBRO MÓVIL) constituye una solución tecnológica, financiera y digital desarrollada por R4, Banco Microfinanciero c.a y administrada por esta misma entidad financiera, destinada a facilitar a los comercios, empresas, emprendedores y profesionales la gestión, ejecución y conciliación de operaciones de cobro en tiempo real, mediante el uso de canales electrónicos y sistemas automatizados. Este servicio se enmarca dentro del ecosistema digital de R4, Banco Microfinanciero C.A, y permite a EL CLIENTE emitir solicitudes de cobro individuales, masivas o recurrentes, ya sea a través del portal web habilitado por el Banco, mediante integración API empresarial y por medio del canal conversacional de WhatsApp. El servicio ha sido diseñado bajo los principios de seguridad, trazabilidad y cumplimiento normativo exigidos por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN), con el propósito de garantizar la integridad de las operaciones electrónicas de cobro y de mantener una relación confiable, transparente y segura entre EL BANCO y EL CLIENTE.
SEGUNDA: DE LA AFILIACIÓN Y ACCESO AL SERVICIO
Para hacer uso del Servicio de Cobro Móvil, EL CLIENTE deberá manifestar expresamente su interés en afiliarse a través de los canales autorizados por EL BANCO, completando el formulario o planilla de afiliación y aportando toda la información técnica, legal y financiera que le sea solicitada. Una vez verificada la información y superados los controles de cumplimiento y seguridad exigidos, EL BANCO procederá a registrar y activar el perfil del cliente dentro de la plataforma R4 COBRO MÓVIL, asignándole las credenciales correspondientes de acceso y autenticación. Se deja expresamente establecido que EL CLIENTE será el único responsable de la adecuada custodia, confidencialidad y uso de las credenciales, claves o tokens bancarios, liberando a EL BANCO de toda responsabilidad por cualquier operación o instrucción cursada mediante dichas credenciales, aún en los casos en que éstas hayan sido utilizadas indebidamente por terceros no autorizados.
TERCERA: DE LAS FUNCIONALIDADES DEL SERVICIO
El Servicio de R4 COBRO MÓVIL permite a EL CLIENTE ejecutar las siguientes operaciones:
- La creación y envío de solicitudes de cobro individuales, masivas o recurrentes a sus clientes o usuarios finales.
- La recepción de pagos mediante Débito Inmediato, con validación bancaria en tiempo real.
- La visualización de reportes, estados y conciliaciones automáticas de sus operaciones.
- La integración del servicio con sus propios sistemas empresariales mediante API.
Las operaciones de cobro se procesan de manera inmediata, sin intervención manual por parte del Banco, quien actúa únicamente como facilitador tecnológico y financiero, limitando su responsabilidad a la correcta transmisión de la instrucción recibida y al procesamiento bancario que corresponda.
CUARTA: DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
En adición a las obligaciones derivadas de la ley, la costumbre o el uso y de la buena fe, LAS PARTES tendrán las siguientes obligaciones:
EL CLIENTE, al hacer uso del servicio, asume la obligación de:
- Garantizar que toda instrucción de cobro emitida a través de R4 COBRO MÓVIL sea auténtica, exacta y legítima.
- Atender directamente cualquier reclamación, disputa o desacuerdo que surja entre él y los pagadores o usuarios finales.
- EL CLIENTE indemnizará de inmediato a El BANCO cualesquiera montos(s) que éste hubiere desembolsado, si como resultado de dicho reclamo el BANCO tuviere que devolver y devolviere fondos al pagador o usuario final.
- Mantener en todo momento la seguridad y actualización de sus dispositivos, sistemas y redes vinculadas al servicio.
- Abstenerse de utilizar la plataforma para fines ilícitos, fraudulentos o contrarios a la normativa vigente.
- Asumir la responsabilidad plena por cualquier daño, pérdida, perjuicio o fraude que derive del uso indebido del servicio, ya sea por su parte o por parte de terceros bajo su control o representación.
- EL CLIENTE acepta que cualquier operación procesada bajo sus credenciales válidas se considerará legítima y vinculante, y que no podrá imputarse a EL BANCO la carga de demostrar lo contrario.
EL BANCO: Al prestar el SERVICIO deberá:
- Acreditar las operaciones de EL CLIENTE cuando se cumpla plena y cabalmente con lo estipulado en el presente documento, siempre que no surja alguna de las siguientes circunstancias:
- Que al momento en que deba efectuarse el débito o Cargo la Cuenta Bancaria hubiese sido cancelada, suspendida, se encuentre bloqueada o inmovilizada por cualquier causa;
- Que no disponga en su Cuenta Bancaria de fondos suficientes al momento de realizar los débitos o Cargos, en cuyo caso el pago no será ejecutado por el Banco.
- Por cualquier otro hecho o circunstancia que imposibilite al Banco a realizar el débito o Cargo correspondiente.
- Por cualquier otro impedimento que se derive de la utilización, funcionamiento y normativa que regule la materia.
- Notificar a EL CLIENTE sobre el estatus de las operaciones realizadas.
- Sí EL BANCO por razones operativas, legales o de seguridad fundadas, decidiere restringir, suspender o modificar el SERVICIO o alguna de las operaciones que comprende el mismo, notificará a EL CLIENTE en la forma ordenada por la ley.
- En el caso que EL BANCO ejerza esta potestad, fundamentada en el principio de reciprocidad que les corresponde a ambas partes, EL CLIENTE con la aceptación de estos términos y condiciones expresamente autoriza a EL BANCO para que suspenda, restrinja o modifique el servicio.
- En caso de terminación del presente contrato por el incumplimiento de las obligaciones que le corresponden a EL CLIENTE o por decisión EL BANCO, conforme a lo establecido en el item anterior, EL BANCO queda suficientemente autorizado para suspender el servicio y exigir a EL CLIENTE el pago de cualquier obligación a su cargo derivada de la prestación del SERVICIO.
- Proveer a través del Centro Atención al Cliente Estratégico, apoyo técnico y soporte, a fin de canalizar y solventar las incidencias reportadas por el CLIENTE.
QUINTA: DE LA EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD DE EL BANCO.
EL BANCO no asumirá responsabilidad alguna frente a EL CLIENTE ni frente a terceros por hechos o circunstancias derivadas del uso o funcionamiento del servicio, incluyendo, pero no limitándose a:
- Cobros duplicados, erróneos o no reconocidos.
- Operaciones generadas por accesos indebidos, fraudes electrónicos, suplantaciones o ingeniería social.
- Disputas comerciales entre EL CLIENTE y sus usuarios finales.
- Fallas en los equipos, redes, sistemas informáticos o proveedores de telecomunicaciones externos al Banco.
- Pérdidas económicas, interrupciones del servicio o daños indirectos, emergentes o consecuenciales.
EL BANCO no se hace responsable por errores, inexactitud, deficiencias o insuficiencia en el contenido de las instrucciones emitidas por EL CLIENTE con los fines de la aplicación de los débitos automáticos, en el entendido que EL CLIENTE se obliga mantener indemne al BANCO en caso que esté fuera obligado a pagar, entregar, reintegrar cantidad de dinero o ejecutar prestación alguna como consecuencia de reclamo, procedimiento administrativo, demanda judicial o afines, causados directa o indirectamente por dichos errores, inexactitud, deficiencias o insuficiencia en las referidas instrucciones, en el entendido que en caso que el Banco fuera obligado a ello, EL CLIENTE declara que conoce y acepta que reintegrará de forma inmediata a EL BANCO las referidas cantidades, pudiendo este controlar o bloquear dichos montos de la o las cuentas que EL CLIENTE mantenga en EL BANCO, hasta proceder a la recuperación total de las mismas. Asimismo, EL BANCO se reserva el derecho de suspender o bloquear temporalmente las operaciones cuando detecte actividad sospechosa o no conforme a los estándares de seguridad, sin que esto genere responsabilidad ni obligación indemnizatoria alguna. EL BANCO por ningún motivo o circunstancia, en ningún supuesto, será responsable en cuanto a la calidad de los bienes o servicios que presta o comercializa EL CLIENTE. El Banco actúa exclusivamente como intermediario tecnológico, encargado de ejecutar las instrucciones de cobro generadas por EL CLIENTE, sin que ello implique asumir obligación alguna respecto a la relación comercial o contractual que éste mantenga con sus pagadores. En consecuencia, EL CLIENTE libera expresamente a EL BANCO de toda acción, reclamo, demanda o procedimiento administrativo o judicial que pueda derivarse de cualquier hecho, pérdida, daño o perjuicio relacionado con la utilización del servicio, comprometiéndose a mantenerlo indemne ante cualquier tercero.
SEXTA: DE LAS COMISIONES Y CARGOS APLICABLES.
Toda operación de cobro procesada a través del Servicio R4 COBRO MÓVIL generará una comisión equivalente al 2% del monto cobrado, de acuerdo con el tarifario vigente del Banco Central de Venezuela, la cual será deducida automáticamente del importe liquidado al cliente. EL BANCO se reserva el derecho de modificar la comisión aplicable, notificando a EL CLIENTE con una antelación mínima de quince (15) días hábiles. Dichas modificaciones se considerarán aceptadas por el uso continuado del servicio.
SÉPTIMA: DE LA SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD.
EL BANCO garantiza la implementación de mecanismos de cifrado, autenticación y trazabilidad de acuerdo con las normas técnicas y regulatorias dictadas por SUDEBAN. Sin embargo, es expresamente entendido entre LAS PARTES y así deja constancia EL CLIENTE al aceptar el presente contrato que, la protección de la información y de los dispositivos desde los cuales EL CLIENTE accede al servicio constituye una obligación exclusiva de este último. Toda la información suministrada, procesada o generada a través del servicio será tratada de manera confidencial y únicamente podrá ser revelada a las autoridades competentes en cumplimiento de la ley.
OCTAVA: DE LA SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN DEL SERVICIO.
EL BANCO podrá suspender o cancelar, total o parcialmente, el acceso al Servicio de R4 COBRO MÓVIL en los siguientes supuestos:
- Cuando detecte operaciones inusuales, sospechosas o fraudulentas.
- Por incumplimiento de los presentes términos y condiciones.
- Por requerimiento de autoridad competente o razones regulatorias.
La suspensión o terminación no generará derecho a compensación o indemnización alguna a favor de EL CLIENTE, quien podrá solicitar la baja voluntaria del servicio mediante notificación previa con treinta (30) días hábiles de antelación a la fecha que requiere para el cese de servicio.
NOVENA: DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL.
Todos los derechos de propiedad intelectual, industrial y de desarrollo tecnológico vinculados a R4 COBRO MÓVIL, incluyendo software, logotipos, interfaces, códigos, marcas, lemas y diseños, son propiedad exclusiva de EL BANCO. Queda prohibida su reproducción, modificación, sublicenciamiento, ingeniería inversa o cualquier uso no autorizado. El incumplimiento de esta cláusula facultará al Banco para suspender de manera inmediata el servicio y ejercer las acciones legales que correspondan.
DÉCIMA: DE LA LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD.
Bajo ninguna circunstancia EL BANCO será responsable por pérdidas de beneficios, datos, ingresos, reputación o daños derivados del uso o imposibilidad de uso del servicio. En el caso de que, por mandato judicial o disposición legal, se determinase alguna responsabilidad a cargo de EL BANCO, ésta no excederá el equivalente a Ciento Diez Unidades Tributarias (110 U.T.). Adicionalmente EL BANCO no será responsable por:
- Fallas o interrupciones en los servicios;
- Retrasos en el procesamiento de operaciones atribuibles a causas ajenas a su control;
- Pérdidas ocasionadas por el uso indebido, negligente o fraudulento del SERVICIO por parte de EL CLIENTE o terceros.
- Suspensión del producto por órdenes emitidas autoridades judiciales o regulatorias nacionales o internacionales.
DÉCIMA PRIMERA: DE LA MODIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LOS TÉRMINOS
EL BANCO se reserva el derecho de modificar los presentes Términos y Condiciones cuando lo considere necesario, notificando a EL CLIENTE mediante los canales oficiales (correo electrónico, portal o sitio web institucional). La continuación del uso del servicio después de dicha notificación implicará la aceptación plena de las nuevas condiciones.
DÉCIMA SEGUNDA: : NOTIFICACIONES y COMUNICACIONES:
Es entendido y aceptado por LAS PARTES que para efectos de las comunicaciones entre el BANCO y el CLIENTE éste último, CONSTITUYE y AUTORIZA establecer como medio o instrumento de comunicación y/o acceso la/las direcciones de correo(s) electrónico(s) y el número telefónico móvil (celular) por él indicado(s) en la solicitud del SERVICIO aquí contenido, como medio de recepción y/o envío de todas las notificaciones que deban darse las PARTES en virtud de este Contrato, teniendo como válido a la fecha de la entrega por parte del BANCO de toda instrucción u orden, que sea recibida por el CLIENTE en los referidos medios, aun en caso que la(s) clave(s) de correo y/o el teléfono móvil (celular) hubieren sido extraviadas por el CLIENTE o robadas si éste no lo notificó inmediatamente al BANCO por escrito, a fin de que se tomen las medidas necesarias tendientes a evitar el acceso a terceros no autorizados. El envío y recepción de los correos electrónicos generados a través de la(s) cuenta(s) de correo electrónico y/o número de teléfono móvil (celular) indicado(s) en la solicitud del SERVICIO aquí contenido son certificados con plena validez jurídica por el CLIENTE ante el BANCO, ya que permiten validar la información y/o identificación del CLIENTE. El CLIENTE se hace responsable de adoptar las medidas de seguridad idóneas para la administración de su(s) cuenta(s) de correo electrónico suministrada(s) a EL BANCO, así como del manejo de la clave de ingreso al mismo y de mantener el buzón con la capacidad suficiente para la recepción de la información que deba ser remitida por EL BANCO. En consecuencia, la omisión en el cumplimiento de dicha obligación por parte del CLIENTE no invalidará el trámite de notificación realizada por EL BANCO a través de los medios electrónicos suministrados en su solicitud. El CLIENTE declara y autoriza expresamente al BANCO para el tratamiento y manejo de sus datos personales como medio de comunicación, con el fin de facilitar el intercambio de información electrónica, el CLIENTE declara expresamente que conoce su responsabilidad y sus deberes como titular de la identificación suministrada al BANCO, la dirección de correo y teléfono, siendo el único responsable de tratamiento de dichos datos.
DÉCIMA TERCERA: DE LA LEY APLICABLE, JURISDICCIÓN COMPETENTE Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.
Este contrato se regirá por las leyes de la República Bolivariana de Venezuela, aplicables en la materia correspondiente. En todo lo no previsto en el presente documento, se aplicará lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley de la Ley de Instituciones Bancarias; en el Código de Comercio y por cualesquiera otros decretos, resoluciones, instructivos o normas dictadas por las autoridades competentes que resulten aplicables. Cualquier controversia derivada de su interpretación, ejecución o cumplimiento será sometida a los tribunales competentes del domicilio de EL BANCO, salvo disposición expresa en contrario.
DÉCIMA CUARTA: DISPOSICIONES FINALES
El presente documento constituye el acuerdo total entre las partes respecto al servicio de R4 COBRO MÓVIL, dejando sin efecto cualquier comunicación o entendimiento previo, ya sea oral o escrito, se considera aceptado por EL CLIENTE al momento de activar el SERVICIO, las cláusulas contenidas en este instrumento son de carácter vinculante y su aceptación implica la adhesión plena a los términos aquí estipulados. Dicha aceptación implica el conocimiento pleno y consentimiento libre e informado sobre todas las condiciones y cláusulas aquí estipuladas. Cualquier modificación o actualización será comunicada por los canales oficiales del Banco y entrará en vigencia en la fecha indicada en la notificación.